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En el centro

Los Autónomos en el punto de mira

De nuevo los Autónomos están en el punto de mira del Gobierno.

Por ello, os quiero intentar explicar la nueva reforma que han publicado nuestros queridos políticos.

El 25 de Octubre del 2017 se publicó en el  BOE la Ley 6/2017 de autónomos, donde revisa y amplia los gastos que un “Freelance” se puede deducir.

En otra ocasión ya hablé de que gastos te puedes deducir como autónomo, para ver las diferencias, haz clic aquí.

Una de las cosas muy importantes a destacar es que para que un gasto nos lo podamos deducir a efectos de Hacienda, ha de estar relacionado con nuestra actividad económica y además ha de estar debidamente justificado mediante una factura o recibo con los datos del autónomo.

Una vez cumplido estos requisitos te voy a comentar algunos de los gastos que podremos deducirnos a partir del 2018 conforme a las modificaciones surgidas:

Gastos de suministro:

El autónomo que trabaja desde su casa se puede deducir los gastos de suministros de la vivienda (Agua, Gas, Electricidad, Telefonía e Internet) en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda y los metros destinados a la actividad, respecto a la superficie total de la vivienda, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Ejemplo:

Eres Psicólogo.

Para realizar tu actividad, utilizas un despacho y una pequeña sala de estar.

Tu vivienda tiene una superficie de 110m cuadrados y utilizas 25 m cuadrados.

¿Cómo hacer la operación para saber el porcentaje de proporción de metros cuadrados?

Muy sencillo, 25×100/110 = 22,73%

Una vez que ya tenemos la proporción de los metros cuadrados, pasamos al cálculo del porcentaje a deducir:

El cálculo se realizaría de la siguiente manera:

Si tenemos unos gastos al año por suministros que ascienden a 3.000€, podrás deducirte 205€ (3.000 x 22,73% x 30% ) lo que supone el 6,83% de los Gastos totales.

Como decía al final del párrafo existen excepciones en las que se puede considerar un gasto más alto.

Para poder deducirte un porcentaje superior hay que justificarlo lo mejor posible, para que Hacienda no nos los tire para atrás (Ejemplo: Contadores de Suministros y Teléfono por separado…. )

Gastos de manutención:

El Autónomo que va a visitar a sus clientes y tiene gastos de restaurante se podrá deducir 26,67 euros diarios (48,08 euros en el extranjero), se aumenta a 53,34 euros diarios cuando pernoctan en España (91,35 euros cuando es en el extranjero)

Para poder deducir los gastos de manutención, tendrás que acreditar los gastos como vinculados a la Actividad.

Ten en cuenta que deben de realizarse en establecimientos de restauración y hostelería.

Debes de realizar el pago por medios electrónicos (trasferencias bancarias o tarjeta), y no te olvides de guardar siempre evidencias de que estos gastos están relacionados con la Actividad como por ejemplo: recibos de peaje, agenda y correos electrónicos intercambiados con el cliente, pedidos concertados… y nunca deducirnos gastos que hemos tenido en días no laborales.

Estos son algunos de los gastos que se pueden deducir y que están estrechamente relacionados con el día a día de un Autónomo.

Un consejo que te doy es que estos gastos queden bien registrados en tu contabilidad, porque si es así te será mucho más fácil justificárselo a Hacienda, si fuera necesario.

Como siempre te digo si tienes la menor duda en como contabilizar tus gastos, ponte en contacto con nosotros, estaremos encantados de poder ayudarte.

 

¿Sabes calcular el % de tus Gastos de Suministros?

¿Te habías enterado de este nuevo cambio de Fiscalidad?

 

Anto Barceló Orgiler

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