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Ley de SEGUNDA oportunidad. Ayudando a recuperar tu VIDA.

¿Tienes muchas deudas y nos puedes pagar?

La llamada Ley de la Segunda Oportunidad no es nueva, pero sí relativamente novedosa en España. Está regulada por la Ley 25/2015 de 28 de Julio y es el equivalente al concurso de acreedores de las empresas, sólo que llevado al ámbito personal y de los autónomos.
Su objetivo principal es exonerar o cancelar deudas. Para ello habilita un procedimiento administrativo que sirve para que un particular entre en concurso siempre que cumpla determinados requisitos. En otras palabras, es un procedimiento para negociar primero con el acreedor, sea éste un banco, un cliente, …) y, en caso de no llegar a un acuerdo, solicitar a un juez la cancelación de la deuda.

¿Qué puedes conseguir acogiéndote a la Ley de Segunda Oportunidad?

En primera instancia, un acuerdo extrajudicial para el pago de la deuda. Es decir, renegociar la forma en que se va a devolver el dinero teniendo en cuenta que también se necesitará un dinero para vivir. Este acuerdo, en caso de conseguirse, estará tutelado con un juez y contará con un mediador concursal. Para llegar al acuerdo el deudor tendrá que compensar a los acreedores con todos los bienes que tenga y que no necesite para desarrollar su actividad. Además, deberá proponer un plan de viabilidad y un calendario de pagos para hacer frente a las deudas. Esto también se aplica a los particulares.
El proceso de negociación no podrá alargarse más allá de dos meses.
En caso de no llegar a un acuerdo es cuando se llegaría a la vía judicial para obtener la cancelación o exoneración de la deuda.

¿Qué deudas se pueden cancelar?

No todas las deudas se pueden eliminar.
La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar las deudas ordinarias y subordinadas y la parte que exceda de la garantía de un crédito. Por ejemplo, la deuda pendiente después de la subasta y ejecución de un inmueble.

Requisitos para beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad

Los requisitos básicos son:

– Acreditar que no se tiene patrimonio para hacer frente a las deudas.
– La deuda no puede superar en ningún caso los 5 millones de euros.
– Haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos. Si se consigue, no debe ser declarado culpable.
– La buena fe del deudor: esta buena fe se explicita sobre todo en su voluntad de haber tratado de       conseguir un acuerdo extrajudicial.
– No haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los 10 años anteriores a este proceso.

¿Las deudas se cancelan para siempre?

En realidad, las deudas no desaparecen hasta pasados 5 años. Hasta entonces la remisión será provisional, aunque no habrá que pagarlas. Sólo quiere decir que el Estado se reserva 5 años para revisar el caso.

¿Cómo podemos ayudarte?

• Negociamos con los acreedores nuevas condiciones de pago, teniendo en cuenta tu situación, posibilitando un acuerdo extrajudicial.
• Elaboramos una propuesta de convenio.
• Facilitamos que se ejecute correctamente el concurso de acreedores.
• Tramitamos la solicitud del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).

#TeVamosAyudar

Carlos Beltrán Esteve

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