fbpx
VILLENA: +34 965 808 759 | BANYERES : +34 966 567 047 | ALICANTE: +34 966 081 619

Los “capos” del automóvil

Qué es el Cártel de coches

Los “capos” del automóvil

Imaginémonos una gran sala de reuniones. En el centro de la misma hay una mesa alargada, con varios metros de distancia entre sus extremos. A sus lados, más de una veintena de sillones, ocupados por grandes empresarios de la industria automovilística. El motivo de la reunión: intercambiar información confidencial y comercial, y obtener así mayores beneficios en el mercado.

Aunque lo anterior parezca una trama propia de una película hollywoodiense, lo cierto es que se trata de un suceso real; un acontecimiento que tuvo lugar en el interior de nuestras fronteras.

Nos estamos refiriendo al hoy conocido como “Cartel de fabricantes de automóviles”.

En términos técnicos, este cartel es un acuerdo secreto, entre fabricantes y distribuidores de coches, para intercambiar información confidencial y comercial y obtener así mayores ingresos a costa de los compradores.

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia destapó a los “capos” de esta trama gracias a la petición de clemencia presentada por el grupo SEAT.

A partir de este momento, quedó demostrado que el cartel operó entre febrero de 2006 y agosto de 2013, afectando así a todas aquellas personas (físicas y jurídicas) que decidieron adquirir un automóvil dentro de dicho periodo.

Como hemos apuntado, el beneficio obtenido por las empresas integrantes del cartel lo era a costa de los compradores de automóviles, quienes sufrieron un serio sobrecoste en el momento de adquirir el vehículo

En consecuencia, podemos decir que los afectados por este cártel son todas aquellas personas que adquirieron un vehículo ya fuese por compra, leasing o renting entre febrero de 2006 y agosto de 2013.

Por tanto, cualquier persona que haya comprado un coche dentro de este intervalo de tiempo, puede tener derecho a reclamar lo que ha pagado de más.

Y en cuanto al plazo que tienen los afectados para reclamar, no existe un criterio unánime y son varias las posturas doctrinales en confrontación, siendo la tesis principal la que fija el plazo en un año, por lo que es recomendable actuar cuanto antes.

Las piezas ya están en el tablero y el tiempo corre veloz. 

Alejandro Arrabales Abogado

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies