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Expedientes de Nacionalidad por Residencia… Vuelva Usted mañana!

La Problemática con los Expedientes de Nacionalidad por Residencia….. Vuelva Usted mañana Versión Siglo XXI

Hola soy Pedro V. Arnedo Martínez, abogado especialista en Extranjería y Derecho Penal, y pese a que llevo ya unos años en Legis me estreno con este primer post; espero que os guste y que os sirva para resolver vuestras dudas.

Desde que empecé a trabajar con temas de extranjería siempre ha habido unos expedientes que han acumulado un gran retraso, como son los expedientes de nacionalidad por residencia, que son aquellos por los que los extranjeros residentes regulares en España pueden acceder a la Nacionalidad española tras residir en España durante unos años, que varían en función fundamentalmente de sus vínculos con España, ya sean familiares (1 año en casi todos los supuestos), por las relaciones entre los países (dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes), por su condición (5 años los que obtengan el estatus de refugiado), o la simple residencia (10 años en el resto de casos)

Tras la implantación de un nuevo procedimiento de Solicitud de Nacionalidad, previsto en la Ley 19/2015, y el establecimiento de un sistema de presentación telemática, Real Decreto 1004/2015, que prevé la necesidad de realización de una prueba de conocimientos socio culturales (PRUEBE CESE), y una prueba del idioma español para aquellos nacionales de países cuya lengua materna no sea el español (PRUEBA DELE, realizada a través del Instituto Cervantes), así como el establecimiento de una tasa de tramitación, con esto, se preveía la descongestión del sistema.

No obstante y al no dotar la administración, una vez más, de medios humanos suficientes, nos encontramos con que de nuevo se ha colapsado la resolución de las concesiones de nacionalidad, no encontrándose resuelta ninguna de las solicitudes presentadas desde el año 2016, como recoge el Defensor del Pueblo en su informe anual de 2017.

Se ha publicado en distintos medios de información que por parte del Ministerio de Justicia se iba a contratar a cien funcionarios adicionales para la tarea, y medios para ello existen ya que recordemos que por cada expedientes los extranjeros pagan de media unos 250€ entre tasas de examen y de tramitación, y si se han presentado más de 300.000 expedientes desde la entrada en vigor del nuevo sistema, habría dinero suficiente para cubrirlo, pero lo cierto es que no hay de momento señales de mejoría.

La interposición de procedimientos contencioso administrativos puede llegar a acelerar este proceso, pero supondría esta vez un colapso de la administración de justicia, así que de momento no tiene visos de una solución al menos a corto plazo.

Para una mayor información os acompañamos los enlaces a la web del ministerio de justicia, en la que consultar los requisitos y el estado de tramitación de los expedientes de extranjería así como el del Informe anual del Defensor del Pueblo, donde se contiene esta explicación.

https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/nacionalidad-espanola
https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2018/03/Informe_anual_2017_vol.I.1_Gestion.pdf

 

¿Va a solucionarse a corto plazo el atasco en los expedientes de nacionalidad?

¿Que destino se ha dado por el Ministerio de Justicia a las tasas ya pagadas por los ciudadanos para tramitar sus expedientes de nacionalidad?

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