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¿Qué obligaciones en Protección de Datos tienen las clínicas?

Lo primero que debes saber es que los datos de salud se encuentran dentro de las categorías especiales de datos o datos sensibles, lo que significa que tienen una mayor protección.

Y eso quiere decir que, además de todas las obligaciones básicas en protección de datos: información, consentimiento, registro de actividades, etc., las clínicas tienen algunas particularidades y obligaciones específicas.

 

¿A qué clínicas se aplican estas obligaciones en Protección de Datos?

 

La respuesta es sencilla. Se aplican a todo tipo de centros médicos o sanitarios, tanto públicos como privados: hospitales, centros de salud, clínicas dentales, oftalmológicas, de psicología, fisioterapia, centros de nutrición… En definitiva, cualquier clínica o centro que trate datos de salud física o mental.

 

Cuestiones específicas a tener en cuenta para las clínicas en Protección de Datos

 

1.     La confidencialidad de los pacientes.

Esto es pilar fundamental. Además de guardar el secreto profesional, debemos tener claro quién y cuándo puede acceder a esos datos y adoptar las medidas necesarias para que no sean accesibles a personas no autorizadas.

2.     Análisis de riesgo

Al tratarse de datos especialmente protegidos, se deberá realizar un análisis de riesgos y una evaluación de impacto obligatoriamente.

Esto nos servirá para determinar qué medidas técnicas y organizativas es necesario implementar.

3.     Consentimiento.

En cuanto al consentimiento como particularidad, en general no será necesario el consentimiento del paciente para tratar sus datos cuando sea para la atención sanitaria. Pero sí habrá que hacerlo si a posteriori queremos, por ejemplo, mandarle un email recomendándole una revisión o informándole sobre otro tratamiento que tengamos en la clínica.

  1. Delegado de Protección de Datos.

Es algo que muchas clínicas ignoran, pero están obligadas a nombrar un delegado de Protección de Datos que debe contar con los conocimientos jurídicos y de protección de datos necesarios, salvo una única excepción en el caso de profesionales que ejerzan la actividad de manera privada y a título individual, es decir, que sea una clínica privada de una sola persona.

 

5.     Derechos de pacientes.

Respecto a los derechos de los pacientes, hay algunas especialidades. Si el paciente solicita la rectificación de datos sanitarios, será el profesional sanitario el que determine en último término si se tienen que rectificar o no.

Y lo mismo para la supresión de datos de la historia clínica está muy restringido y tendrá que ser un profesional sanitario el que determine si corresponde o no esa supresión.

 

 

Si tienes alguna duda, necesitas ayuda para cumplir con la normativa de Protección de Datos o crees que estás obligado a nombrar a un delegado de Protección de Datos y aún no lo tienes, ponte en contacto con nuestro equipo de abogados en Alicante. ¡Te ayudamos!

 

La primera consulta es gratuita.

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