Tod@s por un trabajo seguro
TOD@S POR UN TRABAJO SEGURO
TOLERACIA 0 A LA SINIESTRALIDAD LABORAL
El pasado día 12 de abril, mi amigo Toni de 49 años falleció en Accidente laboral, salió de casa para realizar su jornada y nunca regresó.
Estos sucesos son los que nos hacen replantearnos muchas cosas y aunque nunca sabremos si su destino estaba escrito, lo cierto es que él ya no está con nosotros y perdió su vida trabajando.
Es verdad que la concienciación por parte de los agentes sociales sobre la Prevención en materia de Riesgos laborales es cada vez mayor. Pero también es cierto que Toni es una víctima más de las 700 personas que fallecieron a lo largo de su jornada laboral durante el año pasado.
La siniestralidad laboral sigue siendo un problema social y para reducir tan preocupante cifra, el Gobierno puso en marcha su “BONUS POR BAJA SINIESTRALIDAD”, lo que se traduce en una reducción en la cotización a la Seguridad social para aquellas empresas que se hayan distinguido por su compromiso por la seguridad en el puesto de trabajo.
Si tú, como empresario quieres solicitar este BONUS a la Seguridad social deberás cumplir como mínimo los siguientes requisitos:
- Haber cotizado a la Seguridad social durante los cuatro ejercicio consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la reducción (periodo de observación)
- Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización al momento de la petición
- No haber sido sancionada como responsable directa por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o de Seguridad social.
- No rebasar en el periodo de observación los valores límite de los índices de siniestralidad general y de siniestralidad extrema, que se establezcan.
- Haber realizado durante el periodo de observación, inversiones en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de accidentes, que puedan contribuir a la eliminación o disminución de los riesgos laborales.
- Conocer los principios de la acción preventiva establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos laborales y cumplir los requisitos preventivos básicos en materia de prevención de riesgos laborales.
Si tu empresa ha cotizado durante el periodo de observación entre 250 y 5.000 euros o más de 5.000 euros, deberá acreditar además otros requisitos.
Si tu empresa cumple los requisitos generales y específicos (si tu volumen de cotización te lo exige), te podrás beneficiar de la devolución parcial de las cotizaciones por contingencias profesionales realizadas en los cuatro años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
La cuantía máxima que percibirán las empresas será del 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales correspondientes al periodo de observación o hasta el 10% si los periodos de observación son consecutivos y en el inmediatamente anterior se ha percibido el incentivo.
En ambos casos, el límite será el importe de las inversiones efectuadas en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de riesgos laborales en dichos periodos.
En pequeñas empresas el importe máximo es de 250 euros, y el tope es el importe cotizado por contingencia profesionales y se eleva a 500 euros si en el periodo anterior has recibido el incentivo.
Es un compromiso de toda la sociedad garantizar la seguridad en el trabajo y quiero pensar que no vamos a mejorar la seguridad por recibir un dinero a final de año, nos vamos a implicar porque así debe hacerse y si después de todo eso, recibimos un premio, es que nos lo hemos ganado.
El plazo para solicitar el BONUS finaliza el próximo día 31 de mayo de 2018.
¿Quieres saber si tu empresa puede recibir el BONUS?
¿Necesitas ayuda en materia de prevención de riesgos laborales?
Si necesitas asesoramiento sobre este tema en nuestro departamento laboral estaremos encantados de ayudarte. Llámanos y hablamos
Os dejo el enlace de la mutua ASEPEYO donde tratan este mismo tema.
Encarna Martínez Estevan
Fuente de imagen: blogelinsignia.com