fbpx
VILLENA: +34 965 808 759 | BANYERES : +34 966 567 047 | ALICANTE: +34 966 081 619

Planes de Pensiones, sus efectos en Renta

Rebajar la factura fiscal es una tarea con poco margen de maniobra sino se ha realizado una correcta planificación fiscal patrimonial antes de finalizar el ejercicio.
Las aportaciones a los planes de pensiones son un producto de ahorro destinado a la jubilación, que constituyen uno de los productos financieros más aconsejados para optimizar la rentabilidad financiero – fiscal.

Efectos de las aportaciones a un plan de pensiones en la factura fiscal:

– Reducen directamente la base imponible de la declaración de la renta, lo que lo diferencia de otros productos de inversión que no tienes ese incentivo a la hora de ahorrar.

– Se difiere el pago del impuesto de la renta hasta el momento de su rescate.

– Mientras que los fondos de inversión o depósitos, que generan ganancias patrimoniales o rendimientos del capital mobiliario, tributan en la base de ahorro, las prestaciones en planes de pensiones tributan como rendimientos del trabajo.

– El ahorro acumulado en un plan de pensiones se puede traspasar a los herederos que tributarán a tipos inferiores, obteniendo la máxima rentabilidad fiscal.

¿Cuánto me puedo desgravar?

– Las aportaciones a un plan de pensiones durante el año se desgravarán de la base imponible del IRPF, hasta la menor de las siguientes cantidades: 8.000 euros, o bien hasta el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

En la práctica:

Por cada 1.000 euros que aporte una persona a su plan de pensiones podrá ahorrar hasta 240 euros en la declaración de la renta, teniendo en cuenta un tipo marginal del IRPF del 24%.
Las personas a las que les sale más a cuenta aportar son aquellas con unos sueldos altos, ya que para rentas altas esta desgravación puede suponer hasta el 45% de la aportación realizada.
– También son deducibles las aportaciones realizadas al plan de pensiones del cónyuge, siempre que este no obtenga rentas o que sus ingresos no superen los 8.000 euros anuales. En este caso el límite para reducir de la base imponible es de 2.500 euros.

Ajusta tus aportaciones

Muchas personas, por comodidad, efectúan aportaciones mensuales o trimestres a su plan de pensiones, pero si las rentas anuales no son constantes, bien por ser empresario individual, bien por tener un salario con conceptos variables, es mejor esperar a fin de año y, en función de sus retribuciones anuales , decidir la cantidad que le interesa aportar. Obtendrá un mayor ahorro, aumentando sus aportaciones en los ejercicios en que sus rentas sean más altas.

¿Qué ocurre cuando lo rescato?

La tributación del rescate de un plan de pensiones es básicamente el proceso contrario al de las aportaciones, los fondos que se obtienen son considerados rendimientos del trabajo y, como tal aumentan la base imponible del IRPF, provocando que aumenten los impuestos que hay que pagar.

En este caso, la manera de rescatar el plan de pensiones va a influir en la tributación.

Casos:
– Si se rescata en forma de renta, es decir, percibiendo una cantidad fija todos los meses durante un determinado periodo de tiempo, el pago a Hacienda se difiere a lo largo de varios años.

– Si se hace en forma de capital, es decir, en un pago único, habrá que sumar a los rendimientos de ese ejercicio todo el capital rescatado, lo que aumentará mucho la base imponible de IRPF.

¿Existen reducciones?

Las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 gozan de una reducción del 40%, pero para ello deberás tener en cuenta que,
– Si te jubilaste en 2010 o en años anteriores, deberás cobrarlas en forma de capital antes del 31-12-2018.
– Si te jubilaste entre 2011 y 2014, deberás hacerlo dentro de los ocho años siguientes al de la jubilación.
– Y si te has jubilado a partir de 2015, deberás hacerlo dentro del mismo año de la jubilación o en los dos siguientes.
– Si te jubilaste en 2016 recupera tus aportaciones anteriores a 2006 antes del 31 de diciembre de este año. Si lo haces después ya no podrás aplicar la reducción indicada.

¿Hasta qué cantidad puedo aportar a mi plan de pensiones para obtener la máxima desgravación en este ejercicio?

La fecha límite para realizar dichas aportaciones es la del 31 de Diciembre.

Planifica cuanto pagarás por el rescate de tu plan.

Acude a nosotros, estaremos encantado de asesorarte al respecto.

 

Virtu Gandía Gandía

Fuente de la imagen: www.abc.es

Si te ha gustado, suscríbete al blog de Legis



Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies