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¿Tienes problemas con tu vivienda en construcción?

¿Has comprado una vivienda en construcción? ¿La promotora no ha iniciado finalmente la edificación o te ha comunicado que la entrega de la vivienda se retrasará? No te alarmes, la ley está de tu parte.

El comprador puede dejar sin efecto el contrato y pedir la devolución de todas las cantidades pagadas en dos casos concretos.

Primer caso, cuando existe un retraso en la entrega de la vivienda que no es necesario que sea intenso o prolongado, según ha establecido el Tribunal Supremo en sentencia del 20 de enero del 2015.

¡Ojo! También existe incumplimiento si se entrega la vivienda en plazo, pero no se ha obtenido previamente la licencia de primera ocupación.

Segundo caso, cuando no se garantiza la devolución de las cantidades pagadas para el caso de que la edificación no se inicie o no concluya en el plazo convenido, según la disposición adicional primera de la LOE, la promotora debe garantizar el cumplimiento de esta obligación mediante la suscripción de un contrato de seguro o un aval solidario sin límite, cuantitativo o temporal.

Si tu promotora ha incumplido sus obligaciones, no te quedes a la intemperie, contacta con nuestro equipo de abogados y defenderemos tus derechos.

La primera consulta es gratuita.

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